domingo, 22 de abril de 2012

El Supremo confirma que Torrijos echó a empleados públicos porque no eran de IU


Ratifica la condena a Sevilla Global por «despidos ideológicos» y califica su comportamiento y el de Carlos Vázquez como «ilegítimo» e «ilícito»


El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por la anterior dirección de la empresa municipal Sevilla Global —en manos de IU— contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declaraba nulo el despido de un trabajador alegando que éste se produjo por «motivación ideológica». Es decir, el más alto tribunal del Estado concluye que el demandante fue despedido, junto con «otros dos compañeros», siendo «sustituidos los tres trabajadores por afiliados» a IU, por lo que dicho despido fue «dictado por razones políticas», pues la empresa no ha «demostrado la existencia de una causa real y suficiente que permita calificar de razonable y ajena a todo propósito discriminatorio la decisión impugnada». A este respecto, el auto de la Sala de lo Social del Supremo, emitido el pasado 13 de octubre porla magistrada María Milagros Calvo Ibarlucea y que obra en poder de ABC, señala directamente a Antonio Rodrigo Torrijos y Carlos Vázquez —primer teniente de alcalde y delegado de Economía durante el anterior mandato, repectivamente— como responsables de estos hechos a raíz de la ya famosa grabación publicada por este periódico en la que ambos emitieron amenazas contra los trabajadores que decidieran obedecer al gerente, José Ramírez, hasta la fecha de su destitución.
Todo parte de una reunión que mantuvieron Torrijos y Vázquezel 3 de septiembre de 2009 con el citado gerente de la empresa pública para pedirle que dimitiera. Ante la negativa de éste, los dos miembros de IU le dijeron que entonces sería cesado en el consejo de administración el día 11 de ese mes y «advirtieron a los trabajadores que siguieran sus instrucciones que se atuvieran a las consecuencias», relata el auto del Tribunal Supremo. En la grabación también queda demostrado que «a dicha reunión se incorporó posteriormente el actor, que fue instado a desobedecer al señor Ramírez, negándose a ello». Finalmente, «el 22 de noviembre de 2009 el actor fue despedido».
Ante estos hechos, el demandante ganó su demanda a Sevilla Global en primera instancia —al igual que el resto de despedidos, hasta once— y en el TSJA. Todas las salas en las que se dirimió el asunto constataron que los despidos eran nulos o improcedentes porque habían respondido a una clara «motivación ideológica». Y el Supremo avala definitivamente esta decisión, por lo que «desestima el recurso de la empresa demandada y confirma dicha resolución razonando que el actor ha presentado indicios suficientes de la vulneración de sus derechos fundamentales, ya que por negarse a cumplir un mandato laboralmente ilegítimo —al provenir de dos políticos de Izquierda Unida ajenos a la empresa demandada—, e ilícito —al consistir en desobedecer a su jefe— y dictado por razones políticas, el actor es despedido para ser sustituido (al igual que sus otros dos compañeros de trabajo) por afiliados a dicho partido». Es más, el Tribunal Supremo añade que no se puede cuestionar «la vulneración del derecho a la dignidad y al honor profesional apreciados» en este caso «dado que el despido es nulo por la discriminación ideológica apreciada». «Es la propia decisión de despido adoptada ilegítimamente por desoír el trabajador una consigna política dada por personas ajenas a la propia empresa y con trascendencia laboral, la que vulnera los derechos fundamentales señalados al afectar al prestigio profesional del trabajador tanto dentro como fuera de la empresa».
Por todo ello, el Supremo declara «la inadmisión del recurso» impuesto por el exgerente de Sevilla Global, David Pineda —que fue precisamente quien sustituyó a Ramírez por decisión de Torrijos y Vázquez—, e impone las costas a la empresa municipal.
Pero, aunque evidentemente esta decisión es firme y no caben más apelaciones, no parece que éste vaya a ser el final de la historia, ya que el Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla ya ha imputado a ambos miembros de IU tras la denuncia presentada por la Fiscalía del TSJA contra ambos por un delito de coacciones y contra la integridad moral de los trabajadores a raíz precisamente del caso que ahora ha cerrado el Supremo. En marzo de este año, la fiscal del TSJA Ana Hermoso denunció a Torrijos y Vázquez a raíz de la grabación desvelada por ABC. La denuncia recayó en Instrucción 13 de Sevilla, cuya magistrada, María José Bernal, ya ha solicitado el expediente de las actuaciones de la sala que juzgó el caso por el que la Fiscalía del TSJA decidió ir contra los dos políticos de IU.
Y a esto hay que sumar incluso una condena por motivos similares el pasado mes de agosto. El Juzgado de lo Social 6 condenó a Torrijos por acoso laboral a la exdirectora de la Oficina de la Bicicleta, la alta funcionaria de la Gerencia de Urbanismo Pepa García Jaén. Esa sentencia instaba al portavoz municipal de IU a «cesar en su conducta de acoso» contra la trabajadora, a la que destituyó de su cargo por negarse a aceptar unas órdenes de Torrijos que «no eran viables» legalmente. García Jaén fue despedida en abril de 2010, pero fallo consideró demostrado que Rodrigo Torrijos participó en una «actuación vulneradora de los derechos fundamentales» de la funcionaria, a la que cesaron «por no querer acogerse a las órdenes y directrices» del responsable político.
Este es el resumen, por ahora, de la relación con los empleados que han tenido en el Ayuntamiento el otrora secretario provincial de CC.OO. y el polémico delegado que participó en el piquete violento contra el mesón El Serranito durante la huelga general. Su supuesta defensa de los trabajadores no cuela en los juzgados.

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