martes, 5 de junio de 2012

¿DEPURACIÓN FRANQUISTA? NO, DEPURACIÓN REPUBLICANA NORMAS LEGALES DE DEPURACIÓN REPUBLICANA SÓLO POR CRITERIOS IDEOLÓGICOS

Decreto del gobierno de la República gobernada por el Frente Popular: depuración (Gaceta de Madrid 22/7/1936)
Gaceta de Madrid, (BOE de entonces), miércoles 22 de julio de 1936, nº 205, página765:
"Por acuerdo del Consejo de Ministros y a propuesta de su presidente.  Vengo a decretar:

    Artículo 1º.- El gobierno, por Decreto acordado en Consejo de Ministros, dispondrá la cesantíade todos los empleados que hubieran tenido participación en el movimiento de subversión o fueran notoriamente enemigos del régimen,cualquiera que sea el Cuerpo a que pertenezcan, la forma de su ingreso y la función que desempeñen, ya se trate de funcionarios del Estado o de empleados de Organismos o Empresas administradores de Monopolios o Servicios públicos.
    Artículo 2º.- El Gobierno dará cuenta a las Cortes del presente Decreto.
    Dado en Madrid, a veintiuno de julio de mil  novecientos treinta y seis.
    MANUEL AZAÑA  El presidente del Consejo de Ministros y ministro de Marina, José Giral Pereira"
Ver decreto

Como se ve, basta ser considerado enemigo del Régimen (y qué quiere decir régimen, ¿República, Frente Popular?) para ser depurado.  No hace falta un acto de rebelión, sino que las ideas son suficiente para ser depurado.  Si miramos la Gaceta de Madrid (Diario Oficial de la República) de los siguientes meses veremos miles de ceses por razón de ser considerado enemigo del Régimen (ojo, que el decreto no habla de República, sino de régimen, es decir "esa" república.
En la Gaceta de 27/7/36 se publica un Decreto por el que los Directores Generales y jefes de todas las administraciones informarán al subsecretarios de aquellos funcionarios que directa o INDIRECTAMENTE hayan colaborado con el movimiento subversivo.  Lo cual es un decreto de delación y que afecta a cualquiera acto al hablar de actos indirectos, que puede ser cualquier cosa.

Decreto de Largo Caballero y Azaña por el que se depura a los enemigos del Régimen (Gaceta de Madrid 29/9/1936)
D. 27/9/36.-  "El nuevo estado de cosas que las circunstancias impone, exige una revisión y depuración en los funcionarios públicos (...)// Hasta ahora los diferentes Ministerios y Centros han ido realizando la depuración que se ha estimado más urgente; pero entiende el gobierno que es preciso resolver el problema unificando la acción en vez de acuerdos parciales y personales (...)". A continuación suspende de todos los derechos a los funcionarios de todos los ministerios y centros en que trabajen, sea cual sea su situación administrativa (excepto instituciones y cuerpos armados) (art. 1º).
    Los que quieran reintegrarse lo deberán pedir en un mes rellenando el cuestionario que la administración le entregará (art.2).

Como eran tantas las miles de personas cesadas (militares, maestros, catedráticos, ingenieros, carteros, administrativos, diplomáticos, ...) se aprobó el Decreto de 27/9/1936 (Gaceta de Madrid de 29/9/36) firmado por el socialista Largo Caballero y por Azaña que decía:
Cuestionario obligatorio de los funcionarios públicos para no perder su puesto (Gaceta de Madrid del 30/9/36 y otras posteriores)
Ese "cuestionario" consiste en un documento que en medio de una sangrienta guerra civil debía uno contestar a preguntas como las siguientes:
    "A qué partido político ha pertenecido desde el 18 de julio, y antes del 18 de julio".
    "A qué partido político ha pertenecido entre octubre de 1934 y febrero de 1936"
    "A qué sindicato pertenece o ha pertenecido, a qué organizaciones sociales"
    "¿Si ayuda al Gobierno de la República a luchar contra el movimiento faccioso, y como?"
    "¿Qué pruebas o garantías puede aportar de su lealtad a la República"
Estas preguntas fueron aprobadas por Orden ministerial de 29/9/36 de Wenceslao Flors).
El Ministerio de Obras Públicas añadía una pregunta:
"Exponga el concepto que tiene de sus deberes para con la República y su Gobierno en los actuales momentos".
.Imagen del Decreto
 ¿Qué diríamos del mismo cuestionario si fuera de los nacionales? ¿No diríamos que es una coacción, un ataque a la liberta de conciencia, que la última pregunta invita a delatar a alguien para dar una prueba de lealtad, que es una forma cruel de depuración?
Negarse a hacer el cuestionario era rechazar su propio trabajo y además una forma de evidenciar la oposición al régimen.
Reconocer que se pertenecía a un partido de derechas era un suicidio.
Negar que ayudaba a la República una forma de fascismo.
Terrible, pero basta ir a una hemeroteca y lo puede leer.  No es ciencia ficción.
El Frente Popular: notario de adhesión a la II República
De. 31/7/36 priva de todos los derechos económicos a los militares retirados salvo que (artículo 2º) acrediten con una certificación de los organismo militares al servicio del Régimen o de los organismos políticos y sindicales afectos al Frente Popular, que durante el movimiento subversivo prestaron su adhesión de una manera franca y leve al Gobierno legalmente constituido" (Gaceta de 1/8/36)
Gaceta Madrid 3/9/36.-  Para ser admitido en curso de observador de aeroplano se exige que la lealtad al régimen la acredite un "certificado expedido por cualquiera de los partidos políticos o agrupaciones sindicales afectos al Frente Popular"Gaceta de Madrid 14/9/36.- Para ser piloto de aviación de la "república" el certificado de lealtad tienen que emitirlo los partidos y sindicatos del Frente Popular.
A un ciudadano militar le puede certificar su lealtad un partido político o un sindicato.  ¿Aprobaría usted lo mismo si el certificado hubiera de ser de Falange o del SEU?  ¿Se imaginan que para ser militar o funcionario actualmente se exigiera un certificado de lealtad emitido por el Partido Popular, por el PSOE, por Izquierda Unida, por el PNV o por CIU?.
Programa electoral del Frente Popular (puntos sobre depuración) Publicado en "Mundo Obrero del 15/2/36)
"14) Desarme y disolución de todas las instituciones monárquicas y fascistas. Clausura de sus centros y clubs de conspiración, y confiscación de sus propiedades y bienes.
15) Depuración del Ejército y de todas las instituciones armadas, de los oficiales monárquicos y fascistas.
16 )Creación de una milicia popular armada, formada por obreros y campesinos.
17) (aquí prohíbe a la policía las detenciones y tomar declaraciones a los detenidos por delitos).
18) Reforma de la Administración pública en todas sus esferas. Depuración de la Administración de todos los elementos monárquicos, fascistas y enemigos del pueblo (concepto éste que incluye a cualquiera, aun por razones de credo religioso).
19) Estrechar las relaciones con la URSS y apoyar su política de paz.(.....)"
Estas propuestas electorales estaban publicadas en el diario comunista Mundo Obrero de 15/2/36 anunciaba como programa electoral comunista para el Frente Popular, entre otros puntos los expuestos.

Depuración en la enseñanza
Decreto 31/7/36.-  (Gaceta de Madrid de 1/8/36)  Cesa a todos los directores de los centros docentes de España por aplicación del decreto de cesantía de 21/7/36.  En varias Gacetas salen los nombres de miles de profesores y maestros cesados por sospechosos de no estar conforme con el régimen.

D. 31/7/36 declara el cese por aplicación del Decreto de depuración de 21/7/36  a numerosos profesores y maestros.
Gaceta 19//836 se nombra director del Instituto Luis Vives de Valencia al arquitecto Emilio Artal Fos (cargo de Izquierda Republicana) con lo que los del Frente Popular sustituyen a todos los cargos en el resto de centros (este nombramiento es sólo uno de tantos y a modo de ejemplo).  Por cierto que Artal huyó a la Argentina ese mismo año, regresando a España en 1946 sin que él sufriera persecución).

Gaceta de Madrid 13/9/36 declara cesante al futuro conocido profesor universitario Diego Sevilla Andrés.

Decreto 19/9/36 "Los enemigos de la República no son acreedores a recibir enseñanza de ésta ni pueden aspirar a los títulos académicos que les exalten a puestos de dirección o responsabilidad en ella"  Por ello suspende todos los derechos académicos adquiridos por los alumnos de enseñanza oficial y libre (artículo 1º). El artículo 2º establece que para matricularse y ser admitido a examen deberán pasar previamente por un comité seleccionador formado por representantes de la Federación Universitaria Escolar (FUE), un representante del Comité Provincial, local o profesional, del Frente Popular y el director del centro de estudios".  En las escuelas normales establece que en el comité depurador también intervenga un representante de la Federación Española de Trabajadores de la Enseñanza (FETE),sección normalistas.

D. 19/9/36.- Las Juntas de Gobierno de la Universidad estarán formadas por el Rector, Vicerector, decanos y secretarios de las facultades y cuatro estudiantes universitarios de los tres últimos cursos designados por la Federación  Universitaria Escolar (FUE) de cada Universidad.

Se habla de la depuración de Franco en la enseñanza.  Pero la República ya había empezado el 21/7/36.

Para ser director ha de serse del Frente Popular (¿qué se diría si para ser director hubiera de serse de Falange?)

La FETE y la FUE junto con el Frente Popular  se convierten en órganos que depuran a los estudiantes, no permitiendo la matrícula a los alumnos que consideren enemigos de la República (no se exige haber participado en la rebelión).
Las Juntas de Gobierno pasan al Frente Popular porque los decanos los ha nombrado el Frente Popular, como hemos visto, y los estudiantes se designan sin elecciones sino por la FUE, integrada en el Frente Popular.

Depuración en la medicina
D 31/7/36 Declara disueltas todas las Juntas Directivas de los Colegios de Médicos provinciales (sus funciones luego serán desarrolladas por miembros del Frente Popular). Gaceta 1/8/36
Funcionarios municipales y provinciales
(Gaceta de Madrid de 3/8/36) D. 2/8/36 autorizando a los gobernadores civiles a cesar a los empleados provinciales o municipales que participaran en el movimiento "o fueran notoriamente enemigos del régimen, cualquiera que sea el cuerpo a que pertenezcan, la forma de ingreso y la función que desempeñen" Firmado Azaña y Giral. Evidentemente ser monárquico era ser notorio enemigo del régimen, ser católico era en muchos casos considerado enemigo del régimen, ser de derechas era considerado ser enemigo del régimen.  NO HACIA FALTA HABER INTERVENIDO EN EL LEVANTAMIENTO, BASTABA SER CONSIDERADO ENEMIGO (no hacía falta ni siquiera una acción contraria al régimen).
Comisión del corcho (el corcho también debe ser depurado y del Frente Popular)
Decreto de 11/8/36 (Gaceta 12/8/36) "las actuales circunstancias exigen una depuración rigurosa en todos los organismos oficiales relacionados con las actividades económicas."  Por ello disuelve la Comisión Mixta del Corcho creada por D. 13/5/32). No ser ría, es cierto, para depurar la republica del Frente Popular disuelven la comisión del ¡corcho! Solo queremos corcho del Frente Popular.....
También los diplomáticos se han sublevado o al menos también son depurado
Gaceta de Madrid de 23/8/36.  D.21/8/36.- "La actitud adoptada por gran número  de miembros de la carrera diplomática (...), abandonando colectivamente sus puestos (....)" lleva al gobierno de Madrid a disolver la carrera diplomática tal y como está constituida. ¿Pero no quedábamos que era un golpe militar? A ver si resulta que era un levantamiento militar y de diplomáticos, carteros, ingenieros, maestros, administrativos, marineros, geólogos, técnicos de seguros, jueces, fiscales, notarios, porteros, directores de institutos, médicos, abogados, procuradores, juristas, diputados, policías, ...............................
Depuración judicial generalizada
Gaceta de Madrid 22/8/36.- Decreto por el que el gobierno podrá separar preventivamente del servicio activo a todos los funcionarios incursos en el Decreto de 21/7/36 (de cesantías) y que tengan conductas que exijan justificación.
Gaceta del 1/9/36 (Orden 28/8/36) Establece que la Junta de Inspección de Tribunales encargada de investigar la ACTITUD Y LA ADHESIÓN AL RÉGIMEN de los funcionarios de la Administración de Justicia pase sus resultados al Fiscal cuanto están finalizados. Es decir, que el gobierno del Frente Popular puede cesar a todo funcionario judicial cuya conducta "exija justificación", es decir, a cualquiera.  Es más, se investiga por el frente Popular su "actitud" y su "adhesión" al régimen.  ¿Se imaginan ahora investigar la adhesión al régimen monárquico y la actitud de los funcionarios judiciales?: El Frente Popular lo hizo.
Controlar las mentes políticas de las tropas republicanos con comisarios.
Gaceta de Madrid 16/10/36. Orden que crea el Comisariado General de Guerra para "ejercer un control de índole políticosocial sobre los soldados, milicianos y demás fuerzas armadas".  Luego nombra comisario general a Julio Álvarez de Vayo (futuro creador del grupo terrorista FRAP) y subcomisario, entre otros, a Ángel Pestaña Núñez. ¿Pero no era una democracia?  ¿Una democracia en la que se controla política y socialmente a los soldados y milicianos? ¿Criticaríamos que Franco estableciera una persona para que controlase politicosocialmente a sus soldados?
Ministro de Instrucción Pública en 1936 (Jesús Hernández)
"Es preciso depurar el personal docente, desde los organismos superiores de cultura hasta la escuela primaria (...)  Es necesaria, irremediable, la eliminación de todos los profesores y maestros no afectos y muy atentamente, al señorito fascista, al parásito amparado en títulos académicos, he de depurar el cuerpo estudiantil en las universidades e institutos"   "Mundo Obrero", 12/9/1936 El Ministro de Educación republicano impone la depuración en la enseñanza por criterios políticos e incluso sociales y a todos los niveles educativos (maestros, profesores y universidades).
Los abogados y la abogacía en general también es depurada por el Frente Popular
Decreto 27/7/36.-  "Abandonadas por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid las funciones que le estaban atribuidas y constituida aquella en su inmensa mayoría por elementos desafectos al régimen y en simpatizante connivencia con los alzados contra la República, una nutrida representación de letrados afectos a la República, de acuerdo con los componentes del Frente Popular, se han incautado de dicho Colegio y han designado una Junta Directiva, que se ocupa de las finalidades propias de dicha institución, prestando al Gobierno toda clase de colaboración"  A continuación nombra decano a Francisco López de Goicoechea y a los diputados (Gaceta de Madrid de 30/7/36).

Decreto 31/7/36.-  "Siendo conveniente que las funciones atribuidas a la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid sean ejercidas por elementos afectos al régimen y teniendo en cuenta que una nutrida representación de Procuradores que componen dicho Ilustre Colegio, de acuerdo con los componentes del Frente Popular, se han incautado del mismo, designando una Junta Directiva que se ocupe de las finalidades propias de dicha institución, prestando al Gobierno toda clase de colaboración, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Justicia, vengo en decretar ...."  Nombra decano a Eugenio Ruiz Gálvez y a los vocales.

D. 1/8/36 "Constituida la Junta de la Academia Nacional de Jurisprudencia y Legislación en su gran mayoría por personas que en los actuales momentos y por su actitud pasiva -traducida en la interrupción de la vida académica- no se han hecho acreedores a la confianza del Gobierno para continuar rigiendo un organismo dependiente del Ministerio de Instrucción Pública, un grupo de Académicos afectos a la legalidad, de acuerdo con los componentes del Frente Popular y en nombre del Gobierno de la República, se han incautando de dicha Corporación, designando una Junta que se ocupa de las finalidades de dicha institución, pastando al gobierno toda clase de colaboraciones"  Decreta como presidente a Luis Jiménez de Asúa y nombra el resto de cargos (entre ellos a Ángel Galarza Gago y Alejandro Polanco González).

D.27/7/36  Evidentemente los miembros de la Junta no podían cumplir sus funciones bajo riesgo de muerte y además se evidencia el control del Frente Popular de todos los organismos, sin atender a otros criterios democráticos y que el gobierno acepta las incautaciones ilegales.  ¿Es legal nombrar una Junta Directiva sin procedimientos legales? ¿Qué es simpatizante connivencia? No significa nada, pero en Madrid del 36 era acusación que llevaba riesgo de muerte.

D. 31/7/36   Fíjese que en ambos casos habla de desafección al "régimen", ni siquiera a la República.  Un régimen es más que una forma de gobierno y ahí está la confusión del Frente Popular.  Se puede ser republicano sin ser socialista o comunista.

D.1/8/36.- Un partido político se incauta un organismo oficial y el gobierno republicano, a posteriori, da el visto bueno pese a lo que supone de coacción e ilegalidad.

Jurados de urgencia castigan la simple DESAFECCIÓN AL RÉGIMEN republicano.

Gaceta de Madrid, 11 de octubre de 1936, página 285.

"(.....)  Por todo lo expuesto, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Justicia.  Vengo a decretar lo siguiente:

Art. 1º.- Se constituirán en Madrid y en los lugares que el ministro de Justicia determine Jurados de urgencia [se crearon como un complemento de los Tribunales populares que seguirán funcinando según el propio decreto para conocer de los hechos o desafección al Régimen que no sean constitutivos de delito ....

Art. 2º.- Se considerarán como actos de hostilidad y desafección al Régimen:
(.....)

c) Observar una conducta que sin ser constitutiva de delito demuestre por los antecedentes y móviles que quien la ejerce es persona notoriamente desafecta al Régimen.

d) Cualquier otro hecho que por sus circunstancias y consecuencias deba estimarse como nocivo a los intereses del Gobierno, el Pueblo y la República.

Art. 3º.- Los hechos de peligrosidad o de daño a que se refiere el artículo anterior serán sancionados con una o varias de las siguientes medidas de seguridad:

a) Sumisión a la custodia de la Autoridad por un periodo no superior a dos años. 
b) Internamiento en lugares adecuados por un término no mayor de tres años. 
c) Multa hasta el máximum de 100.000 pesetas.  Para su determinación se tendrán en cuenta la posición económica del multado, las circunstancias del hecho y sus consecuencias. 
d) Pérdida de derechos civiles y políticos.  La primera podrá alcanzar la extensión que establece el art. 43 del Código penal común. 
e) Privación de cargo público, de derechos pasivos de toda clase, de profesión, industria u oficio. 
f) Trabajo obligatorio con restricción o privación de libertad hasta un máximum de tres años. 
g) Prohibición de residir en un determinado lugar o imposición de una residencia forzosa, con interdicción de abandonarla. 
h) Caución de conducta en la forma establecida en el art. 42 del Código Penal. 
(...)
Art. 4º.- Los Jurados de urgencia estarán integrados por un presidente juez de derecho, designado entre los jueces o magistrados.  Los dos jueces de hecho serán designados por turno por los partidos del Frente Popular u organizaciones sindicales afectas al mismo.

(.....) 
Dado en Madrid, a diez de octubre de mil novecientos treinta y seis. 
Manuel Azaña. 
El ministro de Justicia, Mariano Ruiz-Funes"

(No, no es un decreto de Franco, sino de la zona republicana)
Simplemente no ser partidario del Frente Popular podía suponer prisión de 3 años, privación de tu profesión y de derechos civiles y políticos, e incluso obligado a abandonar tu pueblo.  Además, el jurado está formado, como en los Tribunales Populares, por miembros del Frente Popular, con lo que son juez y parte y no hay garantías de imparcialidad.  Si Franco hubiera hecho Tribunales con derechistas, monárquicos y falangistas, ¿se hubieran callado también los que ocultan esta justicia en la zona roja?.

La letra d) del art. 2 convierte la ley en un título en blanco para castigar cualquier cosa.

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